Báñez permite que sean los propios empleados de hogar quienes se regularicen
Siempre que haya mutuo acuerdo entre las dos partes y en aquellos casos en los que los empleados del hogar presten sus servicios durante menos de 60 horas mensuales. El Consejo de Ministros aprobó ayer, a propuesta de la Ministra de Empleo, Fátima Báñez, una nueva modificación en el régimen de empleados del hogar para atender una de las peticiones que mayores quebraderos de cabeza suponía para los empleadores, como es llevar la responsabilidad de presentar las solicitudes y comunicaciones de afiliaciones de altas y bajas en la Seguridad Social, así como cualquier otro dato de sus empleados del hogar.
Con el régimen jurídico anterior el sujeto obligado a presentar todos estos trámites era el titular del hogar familiar. Una obligación que había generado, durante los meses en los que se ha puesto en práctica y evaluado este nuevo sistema, un gran número de dificultades y reticencias. Especialmente, en aquellos empleados del hogar que prestan sus servicios por pocas horas o de forma discontinua en varias casas y, también, en aquellos hogares en los que los empleadores son personas mayores o con dificultad de movilidad para hacer gestiones burocráticas de este tipo ante la Seguridad Social.
Así las cosas, el nuevo Real Decreto aprobado ayer por el Ejecutivo incluye, entre sus principales cambios, una flexibilización sustancial en este punto. A partir de ahora se considerará como sujeto responsable del cumplimiento de estas obligaciones, así como de cotización y recaudación, a los empleados de hogar incluidos en el Sistema Especial que presten sus servicios durante un tiempo inferior a 60 horas mensuales. Siempre, eso sí, que lo hayan convenido de esta forma empleador y empleado.
Según explica el portal jurídico Legalcity, los empleadores, por su parte, estarán obligados a entregar a los trabajadores, en el momento de abonarles su retribución, la parte de cuota que corresponda a la aportación empresarial. De no hacerlo así, si al trabajador no se le abona la cotización correspondiente, el empleador será responsable subsidiario de la cotización empresarial y sólo quedará eximido si prueba que sí abonó a su trabajador la aportación empresarial para su correspondiente aportación a la Seguridad Social. Este aspecto, sin embargo, no figura en la referencia detallada suministrada ayer por el Consejo de Ministros, por lo que habrá que esperar a la publicación del Real Decreto en el BOE para comprobar su plasmación defintiva.
El cambio se produce después de que la Seguridad Social haya constatado que con la integración de estos empleados en el Régimen General se ha producido un descenso de la base media de cotización superior al 30%. Asimismo, se reducen de 15 a 8 los tramos de la escala por la que se determinan las bases de cotización, cuya aplicación resultaba excesivamente complicada de gestionar. El efecto de esta reducción significará, según el Gobierno, una mejora en las futuras prestaciones.
CCOO califica de "absurda" la reforma
CCOO ha tachado, por su parte, de "absurda" la decisión del Gobierno ya que, en opinión del sindicato, el sistema ha tenido éxito y los cambios pueden suponer que los trabajadores tengan que asumir el ingreso de las cotizaciones sociales en su totalidad, incluso de la parte que correspondería al empleador.
El sindicato recuerda que la norma fue pactada con los sindicatos y aprobada por unanimidad en el Congreso, así como que ha permitido aumentar en 114.000 las altas de empleados del hogar, un tercio del empleo sumergido estimado en el sector.
Añade que los cambios introducidos pretenden transferir a los empleados responsabilidades que no les corresponden, por lo que recomienda a los empleadores a que mantengan "en todos los casos" sus responsabilidades en previsión de situaciones de inseguridad jurídica.
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