La alimentación es un derecho humano
Un experto independiente de la ONU (Organización de las Naciones Unidas) explica que la alimentación es un derecho humano y todos los que participan en la oferta mundial alimentaria tienen la responsabilidad de facilitar poder ejercer el derecho. Olivier De Schutter, relator de la ONU sobre el derecho a la alimentación, insta a los gobiernos a incluir políticas alimentarias en los sistemas jurídicos, esta recomendación se realiza coincidiendo con el lanzamiento del informe en el que se muestra una evaluación del progreso del derecho a la alimentación en la última década.
Este relator ya ha sido protagonista de otras propuestas, recordemos que en el año 2011 Olivier De Schutter recomendaba utilizar la ecoagricultura como la opción más acertada, saludable y respetuosa con el medio ambiente, además de rentable. Tras realizar varios exámenes sobre las publicaciones científicas, su conclusión era que este modelo de alimentación podría garantizar el abastecimiento alimentario mundial en las próximas décadas, concluía que este modo de desarrollo agrícola se conecta a la perfección con el derecho a la alimentación de los países en vías de desarrollo, de todo ello hablábamos en el post La ONU aconseja la ecoagricultura. Olivier De Schutter vuelve a la carga y quiere mostrarnos cuál ha sido la evolución de este derecho durante los últimos 10 años.
Para el relator es necesario que la alimentación sea un derecho legal, en su exposición durante la Asamblea General de la ONU realizada el pasado 25 de octubre, planteó varias preguntas a los asistentes, ¿cuál es el estado del derecho a la alimentación?, ¿se hace lo necesario para que la alimentación sea un derecho legal?, ¿la industria alimentaria y los operadores relacionados contribuyen al ejercicio de este derecho?
El derecho a una alimentación adecuada y digna como un derecho humano no es una novedad, fue reconocido en la Declaración Universal de Derechos Humanos y posteriormente fue reafirmado en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, también en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Otros instrumentos internacionales también han recogido este derecho, la Convención sobre los Derechos del Niño, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer o la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. El derecho a la alimentación está reconocido por otros instrumentos como el Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de derechos económicos, sociales y culturales, la Carta Africana sobre los Derechos y el Bienestar del Niño, o el Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, relativo a los derechos de la mujer en África.
El derecho a una alimentación tiene un interés renovado, muchos países, durante la Cumbre Mundial sobre la Alimentación celebrada en 1996, se comprometieron a esclarecer este derecho, así como el derecho a no sufrir hambre. Se ha tratado en varias ocasiones el tema, pero se puede decir que las actuaciones han sido limitadas y los resultados deprimentes. Bajo estas líneas podéis ver una infografía del informe 'El ejercicio del derecho a la alimentación: un proceso de múltiples actores', en el que se muestran varios fallos judiciales relacionados con este derecho.
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El tratamiento de los alimentos como un derecho humano aporta coherencia y rendición de cuentas, esto ayuda a cerrar brechas facilitando la seguridad alimentaria a la población en la toma de decisiones de quienes están en la parte superior de la pirámide, los que tienen el control del sistema alimentario. Para el relator se han realizado importantes avances en el reconocimiento del derecho a la alimentación en la última década, algo necesario para garantizar el éxito de las estrategias en materia de seguridad alimentaria. Sin embargo, aclara que a menudo, se trabaja bajo la idea errónea de que el derecho a la alimentación no es como otros derechos, libertad de expresión, políticos, derecho a una vivienda digna, a recibir protección social, etc. Este derecho debe ser obligatorio y legitimado en los tribunales para que pueda dar sus frutos.
En el informe que podéis leer aquí, proporciona una serie de conclusiones sobre cómo deben actuar la política, los operadores alimentarios, los movimientos sociales, el sistema jurídico o la FAO, para que se pueda alcanzar la plena realización de este derecho. El relator explica que debe ser un derecho humano jurídicamente vinculante y se ha de trabajar más en ello, os recomendamos leer el informe, no tiene desperdicio.
Más información | Srfood
Foto | Thebittenword.com
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