"Vendo riñón en perfecto estado; necesito el dinero porque no tengo ni paro"
Hace unos años, cuando estalló la crisis económica, salieron a la luz varios casos de particulares que ponían en venta sus órganos.
«Vendo riñón para pagar hipoteca». Se llegó al extremo que la Fiscalía de Sevilla investigó el anuncio publicado por un hombre sevillano, no fumador, que ofrecía su riñón por 100.000 euros.
Explica Mark Wieting en 'ABC' que, a pesar de estar prohibidas este tipo de ofertas, en la actualidad, siguen apareciendo con total impunidad. Se trata de anuncios redactados por residentes en España aunque también hay ofertas de países latinoamericanos.
Anuncios desesperados
Para la organización de consumidores FACUA, la compraventa de órganos es una práctica prohibida y advierte que su mera demanda y publicidad resultan atentatorias contra la dignidad de la persona.
En una web de compra y venta de productos, si escribimos en el buscador:
"Venta de riñón" nos aparece el siguiente anuncio: Vendo riñón en perfecto estado. Precio: 200.000 euros. El anunciante dice «necesito dinero, ni cobro paro ni ayuda... no tengo ni ganas de vivir».
La asociación, considera que este tipo de ofertas aumentan en una época de crisis económica, porque los ciudadanos están en paro, asediados por las deudas o a punto de sufrir un embargo.
Esto hace que puedan ser captados por mafias internacionales dedicadas al tráfico de órganos que realizan estas operaciones en el extranjero, sin ningún tipo de control sanitario y poniendo en riesgo las vidas de los donantes.
Según la Organización Nacional de Transplantes, el tráfico de órganos es inexistente en Europa y mucho menos en España, líder mundial y modelo a seguir en este tipo de intervenciones.
LA LETRA DE LA LEY
El Real Decreto 2070/1999 establece en su artículo 8.3 que «se prohíbe hacer cualquier publicidad sobre la necesidad de un órgano, tejido o sobre su disponibilidad, ofreciendo o buscando algún tipo de gratificación o remuneración» a cambio.
Asimismo, la Ley 34/1988, de 11 de noviembre, General de Publicidad, define en su artículo 3.a como ilícita «la publicidad que atente contra la dignidad de la persona».
El citado Real Decreto señala en el punto 2 de su artículo 8 que «no se podrá percibir gratificación alguna por la donación de órganos humanos por el donante, ni por cualquier otra persona física o jurídica».
En el punto 3 advierte que «no se exigirá al receptor precio alguno por el órgano trasplantado».
1 comentario:
Mi nombre es Dr. Younan Nowzaradan del centro médico St.joshep en Houston, Texas, soy especialista en Cirugía de órganos, y nos ocupamos de la compra de órganos a humanos que desean para vender, y estamos ubicados en Nigeria, EE. UU. y Malasia, pero nuestra oficina central se encuentra en Nigeria. si está interesado en vender su riñón por favor no dude en comunicarse con nosotros para que podamos continuar. Envíenos un correo electrónico ahora si está interesado: nowzaradandryounan@gmail.com
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